martes, 14 de septiembre de 2010

Proceso interno!!!!!

COMO SE INSCRIBE EL RUT
El RUT: Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.La inscripción en el RUT comprende: diligenciamiento del formulario oficial, presentación ante la Administración y demás puntos habilitados para el efecto, y formalización de la inscripción.
El diligenciamiento del formulario puede hacerse por internet ingresando a la página web de la DIAN, www.dian.gov.co, o asistido por un funcionario acreditado en los puntos de atención autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (Ver puntos autorizados).


COMO SE INSCRIBE EN LA CÁMARA DE COMERCIO

Antes de matricular la sociedad en el Registro Mercantil, consulte en nuestra Entidad si el nombre o razón social que ha escogido para la misma, se encuentra ya registrado, debido a que el Artículo 35 de Código de Comercio prohíbe a las Cámaras de Comercio registrar nombres idénticos. (Concepto 01106028 de enero 2002 SIC)

Cumplido lo anterior, sírvase llenar los requisitos que a continuación se detallan para el registro de sociedad

• Copia auténtica de la escritura de constitución de sociedad.
• Compruebe que los estatutos contemplen por lo menos las cláusulas relativas a: nombre, domicilio, término de duración, objeto, representación Legal, capital y forma de distribución del mismo.
• Cuando las personas nombradas como dignatarios de la sociedad (Gerentes, Subgerentes, Revisores Fiscales y miembros de la junta Directiva), no hayan firmado la escritura de constitución, deben traerse las aceptaciones de los cargos por escrito, de todas y cada una de ellas, con indicación de número de identificación. (Circular Única de 2001 Superintendencia de Industria y Comercio).
• Formularios diligenciados de Matrícula Mercantil e industria y comercio, que para tal finalidad dispone la Cámara de Comercio.
• Acredite el pago del impuesto de registro (Ley 223 / 95)

IMPORTANTE

En la escritura de constitución, los asociados deberán identificarse de la siguiente manera:
- Si son personas naturales mayores de edad, con su cédula de ciudadanía.
- Si son menores de edad mayores de 7 años, con su tarjeta de identidad.
- Si son menores de edad, menores de 7 años, con el número de NIT asignado por la DIAN, o en caso de no tenerlo, con el número de cédula del representante legal o tutor.
- Si es una persona extranjera, con el NIT asignado por la DIAN, o en su defecto, con el número de cédula de extranjería asignado por el DAS.
Si es una persona jurídica, con el NIT.




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